20-01-2020
Por Laura García J., Ciencia UNAM-DGDC
La migración tiene diferentes rostros. Pero en los últimos años, las imágenes virales de caravanas migrantes con menores de edad viajando solos bajo la esperanza de convertirse en sostén de su familia, padres cruzando el mar abrazados de sus hijos y niños encerrados en jaula por no tener documentación, han abierto diferentes debates.
La Organización Internacional del Trabajo estima que cerca de un tercio del flujo migratorio proveniente de países en desarrollo son personas entre los 12 y los 24 años. En este grupo se encuentran millones de niños menores de 18 años que migran internamente o que cruzan las fronteras, con o sin sus padres. Pero ¿qué lleva a un niño a migrar?
Casi 9,000 niños, niñas y adolescentes mexicanos que llegaron a Estados Unidos sin documentos fueron repatriados; la mayoría de ellos llegó sin la compañía de un adulto. UNICEF. 2017
La migración infantil es aquella en donde participan niñas, niños y adolescentes, es decir, personas que tienen menos de 18 años de edad de acuerdo a lo que establece el artículo primero de la Convención sobre los Derechos del Niño, explica la doctora Elisa Ortega Velázquez, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Aunque comúnmente se asocia la migración infantil con la búsqueda de la reunificación familiar, explica la doctora, hay otros factores que los llevan a desplazarse de su lugar de origen, unos de ellos es el contexto de violencia generalizada o la trata sexual, producto del crimen organizado, la cual es especialmente preocupante para niñas y adolescentes.
En el caso de Centroamérica, los niños que han quedado huérfanos por los feminicidios de sus madres y que carecen de más familia que pueda velar por ellos, se ven forzados a migrar solos ante las amenazas del crimen organizado de reclutarlos.
“También están aquellos jóvenes que pertenecen a la diversidad sexual y que también ven en la migración la única salida para poder expresar su identidad y preferencias sexuales y de género, ya que en sus comunidades de origen son estigmatizados, discriminados y hasta asesinados a raíz de su preferencia sexual”, añade la también coordinadora del Diplomado en Migración y Derechos Humanos del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Además, durante su proceso migratorio, los niños se enfrentan con diversas dificultades, siendo su edad la principal causa de vulnerabilidad, ya que los hace más propensos a sufrir violencia por parte del crimen organizado, sus propios compañeros migrantes y las instituciones y autoridades migratorias, tanto de los países de origen, como las de los Estados de tránsito y las de los destino que pueden interceptarlos y detenerlos, pese a que está prohibido en la normativa internacional de derechos humanos:
“Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales”. Artículo 2.1. Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
La especialista explica que en Estados Unidos, con la llegada del presidente Donald Trump y sus políticas migratorias, es cada vez más común observar imágenes, y normalizar, de niños migrantes irregulares detenidos, enjaulados y separados de sus familias porque sus padres son deportados por su situación migratoria.
Sin embargo, en México la situación no es mejor: los niños inmigrantes irregulares que llegan al país también se encuentran en una situación de indefensión, ya que, explica la investigadora, no hay una política adecuada en materia de niñez migrante y se privilegia la política de seguridad sobre los derechos de la niñez, prevaleciendo su condición de migrantes irregulares sobre la de niños. En suma, no se respeta el interés superior de la niñez.
“El ejemplo más claro es que se les detiene, a pesar de estar prohibida la detención de niños por razones migratorias tanto a nivel internacional –en la Convención sobre los Derechos del Niño, y respecto de la cual México se encuentra obligado a cumplir– como nacional –en la Constitución y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”.
Sin embargo, contrariando dichas normativas, la Ley de la Migración autoriza veladamente que los niños migrantes irregulares sean llevados a estaciones migratorias por razones excepcionales que, según el Reglamento de la misma Ley, es cuando no haya espacio en los albergues DIF. Esto, no obstante, es la regla y no la excepción, ya que la mayoría de las veces no hay espacio en los referidos albergues para los niños migrantes.
La especialista destaca que es importante que la migración infantil se aborde desde el Derecho ya que por un lado, existe un rezago en el abordaje desde esta ciencia social en los estudios migratorios y, por otro lado, es en el Derecho dónde convergen los derechos que las personas migrantes pueden reivindicar, así como los mecanismos de control que los Estados implementan para regular la entrada y salida de sus territorios.
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