24-02-2020
Por Laura García J., Ciencia UNAM-DGDC
Eran los primeros años de 1900, cuando una fuerte sequía y una recién desarrollada actividad agrícola en el Valle de San Luis, en Colorado, y en el estado de Nuevo México, generó una fuerte disputa entre los estados norteamericanos por la cantidad de agua que correspondía a cada quien del caudal del río Grande.
Pero las aguas de este río que nacen en las Montañas San Juan de Colorado, no solo atraviesan Colorado y Nuevo México, sino que se extienden a la ciudad de El Paso, Texas y llegan a los estados mexicanos de Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, en donde es conocido como río Bravo; por lo que el conflicto hídrico no solo afectó a Estados Unidos, sino las actividades agrícolas de México.
El conflicto hídrico escaló hasta llegar al gobierno estadounidense, quien ante la presión de los agricultores norteamericanos y las notas diplomáticas que el entonces embajador mexicano Matías Romero había enviado para manifestar el derecho sobre el agua del río Bravo que tenía México, se decidió crear un tratado de distribución del agua.
El doctor Gonzalo Hatch Kuri, profesor del Colegio de Geografía de la UNAM, comenta que antes de tomar una decisión, el procurador general estadounidense David Harmon explicó que Estados Unidos no tenía porqué renunciar a su derecho de autodeterminación económica, es decir, a su derecho de desarrollo económico a partir del gozo y del aprovechamiento de sus aguas para entregar una cantidad de agua a México.
- Actualmente a esta doctrina en la jurisprudencia se le llama doctrina Harmon, de la soberanía territorial exclusiva o de la soberanía absoluta. En esta se afirma que los Estados pueden disponer de los cursos de agua que estén dentro de sus límites territoriales.
A raíz de eso, en 1906 los gobiernos estadounidense y mexicano firmaron un Convenio donde los Estados Unidos se negaron a reconocer el derecho de agua de México, pero aceptaron entregar un caudal de 74 millones m3 al año como un gesto de buena vecindad bajo la condición de renunciar a cualquier reclamo futuro sobre la entrega de una cantidad mayor.
Años más tarde, en 1944 Estados Unidos y México firmaron el Tratado de Aguas que incorporaba los cauces del río Colorado y el río Tijuana; sin embargo, las condiciones de entrega que se establecieron allí fueron muy parecidas a las del Convenio de 1906 y en donde se excluyó la posibilidad de un reclamo mayor de agua de parte de México que se mantienen vigentes hasta la fecha.
En este tratado se estableció que México debía entregar la cantidad de 431 millones de m3 anuales que se les entrega en bloques de 5 años.
Ante el cambio climático, el crecimiento de actividades agrícolas y ganaderas en el norte del país, la creciente escasez de agua y el estudio de las aguas subterráneas (una fuente no considerada en ningún tratado internacional) ¿cuáles son los retos a futuro para México?
“A nivel mundial hay cerca de 145 países que comparten cuencas transfronterizas. Sin embargo, solo el 40% tiene algún tipo de acuerdo o arreglo jurídico para regular el caudal que comparten. En la mayoría ha prevalecido la preocupación por distribuir caudales y volúmenes del agua más que por preservarlos, por lo que se han intentado reformular esos acuerdos y agregarles el componente de la observación y monitoreo permanente de la calidad del agua”, cuenta el experto.
Nuestro país tiene tres cuencas transfronterizas al norte: el río Bravo, el río Colorado y el río Tijuana. Al sur, también tiene tres cuencas principales: la del río Hondo que comparte con Belice, la del río Suchiate y la del río Usumacinta que comparte con Guatemala. Sin embargo, mientras con Estados Unidos hay tratados que continuamente se revisan, en la frontera sur no hay tratados de agua sino apenas de reconocimiento jurídico de las fronteras.
“Estas fronteras coinciden con la línea divisoria fronteriza en el caso del río Usumacinta, el río Suchiate y el Río Hondo. Pero no hay tratados que digan cuál es el volumen que le pertenece a cada país, ni tampoco las formas de desarrollar estrategias para proteger la calidad del agua”.
A raíz de los tratados con Estados Unidos, se creó la Comisión Internacional de Límites y Aguas, la cual depende en México de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en Estados Unidos del Departamento de Estado. Su objetivo es vigilar que el contenido del tratado o de los tratados se cumpla y los problemas se resuelvan dentro del contexto de lo que han establecido ambos gobiernos y su funcionamiento es un modelo mundial a seguir.
Sin embargo, la cantidad de agua establecida en los tratados con Estados Unidos, como señala el investigador, no corresponde a la realidad actual, por lo que se han creado un sistema de actas que buscan resolver los problemas que no están previstos en el tratado, como las diferencias climáticas o las sequias extraordinarias; aunque no han sido suficientes para resolver la complejidad del asunto.
“Los volúmenes de agua que se negociaron son insuficientes para las actividades agrícolas qué son fundamentalmente a donde se destina esta agua, ya que su calidad viene comprometida por la gran cantidad de salinidad y de pesticida que traen, por lo que para introducirla en los sistemas de agua potable y saneamiento es muy caro, entonces no es rentable”.
Pero las aguas subterráneas, que son aprovechadas para usarlas como agua potable y saneamiento urbanos en las ciudades fronterizas en el Norte y Sur aún no son contempladas ni reguladas en su extracción, lo que pone en riesgo la disponibilidad del recurso de estas ciudades hacia el futuro.
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